COLTOUR-BOYACA

Contratos

    Contrato Individual de Trabajo a Término Fijo              

                                                                                

Nombre del Empleador:                                                                              

Domicilio del Empleador:

NIT:

 

Nombre del Trabajador:

C.C:

Dirección del Trabajador.

Teléfono:

Lugar y fecha de nacimiento.

Cargo a desempeñar:

Salario básico mensual:

Duración del contrato:

Fecha de iniciación:

Fecha de terminación:

Periodos de pago:

Lugar donde trabaja:

Ciudad donde se contrata:

 

Entre el EMPLEADOR y el TRABAJADOR, las condiciones ya dichas, identificados como aparece al pi de sus firma,, se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo a TERMIN FIJO, regido además por las siguientes clausulas en conexión con la ley 789 de 2002 y demás normas concordantes:

Primera: El EMPLEADOR contrata los servicios personales del TRABAJADOR y este se obliga: A) A poner al servicio del EMPLEADOR toda su capacidad normal de trabajo  en forma exclusiva en el desempeño de las funciones propias del oficio mencionado y en las labores anexas al manual de funciones.

Segunda: En relación con la actividad propia del trabajador, este la ejecutara dentro de las siguientes modalidades que implican claras obligaciones para el mismo trabajador así.

·         Observar rigurosamente las normas que se fije la empresa para la realización de la labor a la que se refiere el presente contrato.

·         Guardar absoluta reserva, salvo autorización expresa de la empresa, de todas aquellas informaciones que lleguen a su conocimiento en razón de su trabajo y que sean por naturaleza privadas.

·   Ejecutar por si mismo las funciones asignadas en el manual y cumplir estrictamente las instrucciones que le sean dadas por la empresa o por quienes la representen

·       Cuidar permanentemente los intereses de la empresa

·      Dedicar la totalidad de su jornada de trabajo a cumplir a cabalidad con sus funciones.

·       Programar diariamente su trabajo a cumplir a cabalidad con sus funciones.

·       Programar diariamente su trabajo y asistir puntualmente a las reuniones que efectué la empresa a las cuales hubiere sido citado.

·       Avisar oportunamente y por escrito a la empresa todo cambio en su dirección, teléfono, o lugar de residencia.

Tercera: El EMPLEADOR pagara al TRABAJADOR por la prestación de sus servicios el salario indicado, pagadero en las oportunidades también señaladas arriba. Dentro de este pago se encuentra incluida la remuneración de los descansos dominicales y festivos de que tratan los capítulos I y II del título VII de código sustantivo de trabajo. Se aclara y se conviene que en los casos en que el TRABAJADOR devengue comisiones o cualquier otra modalidad de salario variable, el 82.5% de dichos ingresos, constituyen remuneración ordinaria y el 17.5% restante está destinado a remunerar el descanso en los días dominicales y festivos de que tratan los capítulos I y II del título VII del código sustantivo de trabajo.

Párrafo: Las partes expresamente acuerdan que lo que reciba el trabajador o llegue a recibir en el futuro, adicional a su salario ordinario, ya sean beneficios o auxilios habituales u ocasionales, tales como alimentación, habitación o vestuario, bonificaciones ocasionales o cualquier otra que reciba durante la vigencia del contrato de trabajo en dinero o en especie no constituye salario.

Cuarta: Todo trabajo suplementario o en horas extras y todo trabajo en día Domingo o festivos en los que legalmente debe concederse descanso, se remunera conforme a la ley, asa como los correspondientes recargos nocturnos, Para el reconocimiento y pago del trabajo suplementario, dominical o festivo, el EMPLEADOR o sus representantes deben autorizarlo previamente por escrito. Cuando la necesidad de este trabajo se presente de manera imprevista o inaplazable, deberá ejecutarse y darse cuenta de el por escrito, a la mayor brevedad, al EMPLEADOR o a sus representantes. El EMPLEADOR en consecuencia, no reconocerá ningún trabajo suplementario o en días de descanso legalmente obligatorio que no haya sido autorizado previamente o avisado inmediatamente, como queda dicho.

Quinta: El TRABAJADOR se obliga a laborar la jornada ordinaria en los turnos y dentro de las horas señaladas por el EMPLEADOR, pudiendo hacer este ajuste o cambio de horario cuando lo estime conveniente. Por el acuerdo expreso o táctico de las partes, podrán repartirse las horas de la jornada ordinaria en la forma prevista en el artículo 164 del código sustantivo del trabajo, teniendo en cuenta que los tiempos de descanso entre las secciones de la jornada no se computan dentro de la misma. Así mismo el EMPLEADOR y el TRABAJADOR podrán acordar que la jornada semanal de cuarenta y ocho horas (48) se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana con un día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el domingo. En este el número de horas de trabajo diario podría repartirse de manera variable durante la respectiva semana y puede ser mínimo de ocho (8) horas continuas y hasta diez (10) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio (48) horas semanales dentro de la jornada ordinaria de las 6:00 a.m. a las 10:00 p.m.

Sexta: Los primeros dos meses de presente contrato se consideran como periodo de prueba y por consiguiente cualquier de las partes podrá darlo por terminado unilateralmente en cualquier momento durante dicho periodo.

Séptima: La duración del presente contrato es la establecida en este documento y desde ya las partes acuerdan que no será prorrogado. Por consiguiente el trabajador queda preavisado desde la fecha, en el sentido de aceptar que este contrato no se prorrogara, ni renovara total o parcialmente y vencido el término del mismo, el EMPLEADOR dispondrá máximo de ocho (8) días para cancelar su liquidación.

Octava: Son justas causas para dar por terminado unilateralmente este contrato por cualquiera de las partes, las enumeradas en el artículo 7 del Decreto 2351 de 1965; y además por parte del EMPLEADOR, las siguientes faltas que para el efecto se califiquen como graves a saber:

a.      Solicitar préstamos especiales o ayudas económicas a clientes o proveedores del EMPLEADOR, aprovecharse de su cargo u oficio o aceptarle donaciones de cualquier clase sin la previa autorización de EMPLEADOR.

b.     Autorizar o ejecutar sin ser de su competencia, operaciones que afecten los intereses del EMPLEADOR o negociar bienes y/o mercancías del EMPLEADOR en provecho propio.

c.      Retener dineros o hacer efectivos cheques recibidos para el empleador.

d.     Presentar cuentas de gastos ficticias o presentar como cumplidas visitas o tareas no efectuadas.

e.      Cualquier actitud en los compromisos comerciales, personales o en las relaciones sociales que pueda afectar en forma nociva la reputación del EMPLEADOR.

f.       Retirar de las instalaciones donde funcione la empresa elementos, máquinas y útiles de propiedad de EMPLEADOR sin su autorización escrita,

g.     La no asistencia puntual al trabajo, sin excusa suficiente a juicio del empleador.

h.     El hecho del que el TRABAJADOR abandone el sitio de trabajo, llegue embriagado al mismo o ingiera bebidas embriagantes en el sitio donde labora, sin excusa suficiente a juicio del empleador.

i.       El desarrollo de actividades tales como rifas y ventas.

j.       Incurrir en conductas de acoso laboral señaladas en la ley 100 de 2006 y/o conductas determinantes de acoso sexual.

k.     Utilizar ls medios de comunicación electrónicos y/o implementos de trabajo entregados para el desempeño del cargo, en asuntos personales ajenos a las labores señaladas para su desarrollo.

 

Para constancia se firma en dos ejemplares del mismo tenor y valor, ante testigos en Bogotá a los ____ del mes de ____ del año ____.

 

 

El EMPLEADOR:__________________                       EL TRABAJADOR:__________________

                              C.C.#                                                                    C.C.#

 

TESTIGO:______________________                TESTIGO:______________________

                 C.C.#                                                          C.C.#










 

Contrato Individual de Trabajo a Término Indefinido                    

Nombre del Empleador:

Domicilio del Empleador:

NIT:

Nombre del Trabajador:

C.C:

Dirección del Trabajador.

Teléfono:

Lugar y fecha de nacimiento.

Cargo a desempeñar:

Salario básico mensual:

Duración del contrato:

Fecha de iniciación:

Fecha de terminación:

Periodos de pago:

Lugar donde trabaja:

Ciudad donde se contrata:

 

De acuerdo a lo anterior, se ha convenido el siguiente contrato individual de trabajo, bajo los siguientes parámetros

Primera: El TRABAJADOR se compromete y obliga a prestar servicios de salud ocupacional en el departamento de Cundinamarca, en la ciudad de Bogotá, ubicado en la calle 24 # 40 a - 03

Segunda: El TRABAJADOR cumplirá una jornada semanal ordinaria de cuarenta y ocho (48) horas, distribuidas en máximo seis (6) días a la semana con un día de descanso obligatorio, dentro de la jornada  ordinaria de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. con una hora de descanso durante la jornada diaria.

Tercera: Cuando por necesidades de la agencia sea necesario pactar trabajo en tiempo extraordinario, se hará u acuerdo escrito y firmado por ambas partes previamente a la realización de trabajo. A falta de acuerdo, queda prohibido expresamente al empleado trabajar sobre tiempo o simplemente permanecer en el puesto de trabajo, después de la hora de salida diaria, salvo en los casos a que se refiere en inciso presente. En el tiempo extraordinario trabajado de acuerdo a las estipulaciones precedentes, se remunerara con el recargo legal correspondiente y se liquidara y pagara conjuntamente con la remuneración del respectivo periodo. 

Para constancia se firma en dos ejemplares del mismo tenor y valor, ante testigos en Bogotá a los ____ del mes de ____ del año ____.

 

 

El EMPLEADOR:__________________                                EL TRABAJADOR:__________________

                              C.C.#                                                                              C.C.#

 

TESTIGO:______________________                                  TESTIGO:______________________

                 C.C.#                                                                             C.C.#

 

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